103 preguntas respondidas por TF Assessor · página 1 de 2
Reunimos las principales dudas de quienes quieren abrir, regularizar o gestionar una empresa en Brasil. Las respuestas son cortas y directas. Las más recientes aparecen primero.
Vea el resumen de las principales novedades fiscales y contables del 25/09/2026, preparado por el equipo de TF Assessor.
Receita Federal: Solución de Consulta nº 98.292, del 3 de septiembre de 2026, aclara la clasificación fiscal (NCM 8424.89.90) de equipo de combate contra incendios autopropulsado sobre orugas, a prueba de explosión, con operación remota o programada.
Estadual/SEFAZ: Acto COTEPE/ICMS nº 101, del 23 de septiembre de 2026, modifica el Acto COTEPE/ICMS nº 5/2020 y actualiza la relación de contribuyentes acreditados para disfrutar de los beneficios fiscales del Convenio ICMS 03/18.
¿Quiere saber cómo estos cambios afectan a su empresa? Hable con el equipo de TF Assessor.
Vea el resumen de las principales novedades fiscales y contables del 14/07/2026, preparado por el equipo de TF Assessor.
Receita Federal: Instrução Normativa RFB nº 2.319/2026, que modifica las reglas de la Contribuição Social sobre o Lucro Líquido (CSLL) y de la Declaración de Débitos y Créditos Tributarios Federales (DCTFWeb). Formalización del nuevo régimen de CSLL para instituciones financieras, con vigencia a partir del 1º de abril de 2026. Instrução Normativa RFB nº 2.314/2026, que modifica los procedimientos relacionados con la restitución, compensación, reembolso y devolución de tributos federales.
Reforma Tributaria: Publicación del Reglamento del Impuesto sobre Bienes y Servicios (IBS) el 30/04/2026. Publicación del Reglamento de la Contribuição Social sobre Bens e Serviços (CBS) el 30/04/2026. Sanción de la Lei Complementar nº 227/2026, que crea el Comité Gestor del Impuesto sobre Bienes y Servicios (IBS) y define las reglas para la administración del IBS.
Estatal/SEFAZ: Decreto nº 70.417, del 04/03/2026, que ratifica los Convenios ICMS 04/26, 08/26, 10/26, 11/26, 12/26, 13/26, 14/26, 18/26, 19/26, 20/26 y 21/26.
Simples/MEI: Modificación en los plazos de exclusión del MEI, estableciendo que la comunicación debe realizarse hasta el 31 de diciembre del año calendario, produciendo efectos a partir del 1º de enero del año siguiente, conforme a la Lei Complementar nº 227/2026. Plazo para el reingreso al Simples Nacional: los Microempreendedores Individuais (MEIs) que fueron excluidos del Simples Nacional y desean regresar al régimen en 2026 debían solicitar el reingreso hasta el 30/01/2026.
Otros: Decreto nº 12.955, que reglamenta la Contribuição Social sobre Bens e Serviços (CBS), instituida por la Lei Complementar nº 214/2025.
¿Quiere saber cómo estos cambios afectan a su empresa? Hable con el equipo de TF Assessor.
Vea el resumen de las principales novedades fiscales y contables del 13/07/2026, preparado por el equipo de TF Assessor.
Receita Federal: Instrução Normativa RFB nº 2.329, de 19 de junio de 2026, que modifica la Instrução Normativa RFB nº 2.228, de 3 de octubre de 2024, referente a la Contribuição Social sobre o Lucro Líquido en el proceso de adaptación de la legislación brasileña a las reglas Globales Contra la Erosión de la Base Tributaria. Instrução Normativa RFB nº 2.319/2026, que modifica las reglas de la Contribuição Social sobre o Lucro Líquido (CSLL) y de la Declaração de Débitos e Créditos Tributários Federais (DCTFWeb). Formalización del nuevo régimen de CSLL para instituciones financieras, con vigencia a partir del 1º de abril de 2026. Instrução Normativa RFB nº 2.306/2026, que modifica las reglas de reducción lineal de incentivos y beneficios tributarios, con foco en el lucro presumido.
Reforma Tributaria: Publicación de los Reglamentos del IBS y de la CBS el 30/04/2026, detallando las directrices para la aplicación de estos tributos en el ámbito de la Reforma Tributaria. Creación del Comité Gestor del IBS el 17/12/2025, estructura esencial para la implementación de la Reforma Tributaria del consumo. Sancionada la Lei Complementar nº 214/2025 el 16/01/2025, que instituye el IBS, la CBS y el Impuesto Selectivo, además de crear el Comité Gestor del IBS y modificar la legislación tributaria vigente.
Estatal/SEFAZ: Decreto nº 70.532, de 14/04/2026, que ratifica los Convenios ICMS 15/26 y 48/26, celebrados en las reuniones del CONFAZ el 27/01/2026 y el 06/04/2026, respectivamente. Decreto nº 70.417, de 04/03/2026, que ratifica los Convenios ICMS 04/26, 08/26, 10/26, 11/26, 12/26, 13/26, 14/26, 18/26, 19/26, 20/26 y 21/26, celebrados en la 418ª Reunión Extraordinaria del CONFAZ el 27/01/2026.
Simples/MEI: Modificación en los plazos de desvinculación del MEI, estableciendo que la comunicación debe realizarse hasta el 31 de diciembre del año calendario, produciendo efectos a partir del 1º de enero del año siguiente, conforme a la Lei Complementar nº 227/2026. Plazo para reincorporación al Simples Nacional: los Microemprendedores Individuales (MEIs) que fueron desvinculados del Simples Nacional y desean retornar al régimen en 2026 deben solicitar la reincorporación hasta el 30 de enero de 2026. Modificación en los plazos de opción por el Simples Nacional para 2027: la opción por el Simples Nacional para el año 2027 debe realizarse entre el 1º y el 30 de septiembre de 2026.
Otros: Despacho nº 33/2025, del CONFAZ, consolidando los Ajustes SINIEF nº 23 a 32/2025, que modifican reglas del ICMS, IPI y NF-e, con impacto a partir de 2025. Extinción de la DIRF y migración al eSocial y EFD-Reinf a partir del 1º de enero de 2025. Sustitución de la DCTF por la DCTFWeb a partir de enero de 2025.
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Vea el resumen de las principales novedades fiscales y contables del 25/06/2026, preparado por el equipo de TF Assessor.
Receita Federal (agencia tributaria de Brasil): La Receita Federal inicia la publicación de los primeros contribuyentes considerados como Deudores Contumaces, buscando frenar la morosidad estructurada y promover una competencia leal en la economía. Se publicaron actos declaratorios ejecutivos y soluciones de consulta sobre contribuciones sociales previsionales, incluida la responsabilidad por la retención de las contribuciones sociales previsionales en pagos de precatorios y Requisiciones de Pequeño Valor en el ámbito de la Justicia Estatal.
Reforma Tributaria: La Ley Complementaria nº 214, del 16 de enero de 2025, instituye el Impuesto sobre Bienes y Servicios (IBS), la Contribución Social sobre Bienes y Servicios (CBS) y el Impuesto Selectivo (IS), y crea el Comité Gestor del IBS, modificando la legislación tributaria.
Otros: La Receita Federal lanza una página sobre Deudores Contumaces y amplía la transparencia y el control fiscal, poniendo a disposición una lista de deudores contumaces y orientaciones para el seguimiento y la regularización fiscal. La Receita Federal también lanza una nueva edición de la Revista de Estudios Tributarios y Aduaneros, en la que discute desafíos del área fiscal e incentiva el intercambio de conocimiento en un escenario de cambios en el sistema tributario.
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La mensualidad depende del régimen, del número de empleados y del volumen de facturas. En TF Assessor, los planes comienzan en R$ 289 al mes, para MEI (Microemprendedor Individual) con empleado, y llegan hasta cerca de R$ 899 al mes en el Lucro Presumido. Para el Lucro Real, es bajo consulta. Lo ideal es pedir una simulación gratuita con nuestro equipo. Así usted recibe el precio adecuado para su caso.
El Simples Nacional es un régimen de impuestos más fácil para empresas con una facturación de hasta R$ 4,8 milhões al año. Reúne varios impuestos en una única guía, el DAS. La alícuota es progresiva: crece según la facturación. Existen diferentes anexos según la actividad (comercio, industria o servicios). No toda empresa puede optar. TF Assessor ayuda a ver si el Simples es el mejor camino para su negocio.
MEI significa Microemprendedor Individual. Es la forma más simple de formalizar un negocio pequeño. El límite de facturación es de R$ 81 mil al año, cerca de R$ 6.750 al mes. Usted paga un valor mensual fijo en el DAS, que ya incluye los impuestos y el INSS (seguridad social de Brasil). Es ideal para autónomos y negocios individuales. Con el CNPJ (registro de empresa), usted emite factura y obtiene derechos como la jubilación. TF Assessor abre su MEI y le orienta en cada paso.
El plazo promedio es de 2 a 4 días hábiles para la apertura completa. Esto incluye el CNPJ y las inscripciones estatal y municipal. El tiempo varía según el municipio. En São Paulo capital, por el sistema Facilita SP, suele salir más rápido. Documentos correctos y organizados evitan retrasos y aceleran todo.
Los documentos básicos son fáciles de reunir. Usted va a necesitar RG o CNH (documento de identidad y licencia de conducir de Brasil), CPF y comprobante de domicilio de cada socio. También se necesita un comprobante de domicilio comercial, que puede ser un contrato de domicilio fiscal. A eso súmele la actividad (CNAE) que la empresa va a ejercer y el valor del capital social. En algunos tipos de empresa, puede pedirse un certificado negativo de los socios. Con todo organizado desde el inicio, el proceso avanza mucho más rápido.
Quédese tranquilo, tiene solución. Usted genera una nueva guía del DAS ya con los intereses y la multa del atraso y la paga. Si son varios meses, se pueden juntar todos y, en algunos casos, parcelar. Lo importante es regularizar antes de que la deuda crezca o el CNPJ sea bloqueado. TF Assessor releva lo que está pendiente, genera las guías correctas y organiza el pago en cuotas, para que su empresa vuelva a estar al día.
Sí, se puede resolver. Si nota el error pronto, puede cancelar la factura dentro del plazo del sistema. La carta de corrección existe para la NF-e (factura electrónica de producto), pero solo ajusta errores simples. No corrige valor, impuesto ni los datos principales. En esos casos, lo correcto suele ser cancelar y emitir una factura nueva. Cada estado y municipalidad tiene su regla. TF Assessor le orienta el paso correcto y hace el ajuste con usted.
Depende del caso. Para la NF-e (factura electrónica de producto), suele exigirse el certificado digital. Es una firma electrónica que comprueba quién eres. En cambio, para la NFS-e (factura electrónica de servicio) en el portal nacional, el MEI (microemprendedor individual) y las pequeñas empresas pueden usar solo la cuenta gov.br (nivel plata u oro), sin certificado. Quien usa un sistema propio (ERP) todavía necesita el certificado. La TF Assessor evalúa tu caso y, si hace falta, emite tu certificado 100% en línea.
Depende de quién sea el cliente. Para una empresa (con CNPJ), la factura siempre es obligatoria. Para una persona física, en 2026 solo la emites si el cliente la pide, pero puedes emitirla siempre que quieras. Atención: a partir de 2027, la factura debe volverse obligatoria también para persona física. Emitir siempre ayuda a mantener todo organizado y transmite confianza. La TF Assessor habilita tu emisión y te muestra cómo hacerlo en pocos clics.
Cada mes la empresa suele emitir las facturas, calcular y pagar los impuestos y enviar declaraciones al gobierno. En el Simples Nacional (régimen tributario simplificado), lo principal es pagar la guía única (DAS) e informar la facturación. Si tienes empleado, también hay obligaciones de la nómina. Cada régimen tiene sus reglas y plazos. La TF Assessor se encarga de ese calendario por ti y te avisa antes de cada vencimiento, para que nada se atrase.
Cuando el impuesto se atrasa, el valor sube. Se agregan intereses y multa por atraso. Si pasa mucho tiempo sin pagarse, la deuda va a la Dívida Ativa (deuda tributaria en cobro) y puede convertirse en un cobro judicial. Esto también bloquea tu certidão negativa (certificado de no adeudo), el documento que prueba que estás al día. Sin él, no cierras ciertos contratos. Lo ideal es regularizar rápido. La TF Assessor ayuda a organizar y, cuando se puede, a fraccionar la deuda.
Usa la NF-e cuando vendes un producto, mercadería o algo físico. Es estatal, se emite en el sistema de la Sefaz (hacienda estatal) de tu estado. Usa la NFS-e cuando prestas un servicio, como consultoría o reparación. Es municipal y, en 2026, también se emite por el portal nacional (nfse.gov.br). Si vendes producto y prestas servicio, puedes necesitar ambas. El equipo de la TF Assessor evalúa tu caso y configura la emisión correcta para tu empresa.
La NFS-e es la factura de servicio. En 2026 existe un portal nacional (nfse.gov.br), además del sistema de cada municipalidad. Inicias sesión, informas el cliente, describes el servicio y el valor. El sistema calcula los impuestos y genera la factura. Para emitir, tu empresa debe estar regular y registrada. En el portal nacional, se puede usar la cuenta gov.br (nivel plata u oro), sin certificado digital. La TF Assessor deja todo listo y te enseña a emitir paso a paso.
Sí funciona, y es una de las especialidades de la TF Assessor. Un extranjero puede ser socio de una empresa en Brasil y operar comercio exterior. El camino general es: sacar el CPF, abrir el CNPJ con contrato social y habilitar la empresa en el Radar (sistema de habilitación para comercio exterior). También ayudamos en la legalización, cuando necesitas una situación regular en el país. Tenemos un equipo que habla mandarín y experiencia con clientes internacionales desde 2007. Habla con la TF Assessor. Armamos tu estructura para importar de forma legal y tranquila.
En la importación, además del precio del producto y del flete, se agregan tributos en la entrada. Son: Impuesto de Importación, IPI, PIS, Cofins y el ICMS de tu estado. El total depende del tipo de producto y del origen. El tipo de producto se define por la clasificación fiscal, llamada NCM. Por eso no se puede fijar un único porcentaje. Cada mercadería tiene sus alícuotas, y pueden cambiar. Las reglas también están cambiando con la reforma tributaria. Para conocer el costo real, confirma las alícuotas vigentes con la contadora de la TF Assessor. Calculamos todo antes de que compres.
Sí. La TF Assessor opera en Brasil y en China desde 2007 y cuenta con un equipo que habla mandarín. Esto ayuda mucho en la comunicación con los proveedores y en la comprensión de documentos. Del lado de Brasil, nos encargamos de la parte que deja tu operación legal. Esto incluye la apertura o regularización de la empresa, la habilitación en el Radar (sistema de comercio exterior) y la adecuación a las normas de comercio exterior, como el Siscomex y las declaraciones de importación. Así negocias afuera con la estructura correcta aquí dentro. Habla con nosotros para organizar tu operación Brasil-China.
Lo básico es: tener la empresa abierta y regular, estar habilitado en el Radar y conocer la mercancía. Conocer la mercancía incluye saber la clasificación fiscal, llamada NCM. Con eso, cierras la compra afuera, gestionas el transporte y registras la importación en el Siscomex. Los impuestos se pagan en la entrada de la mercancía. Algunos productos exigen una licencia antes de embarcar. La TF Assessor tiene un equipo que habla mandarín y opera en Brasil y en China desde 2007. Te apoyamos desde la habilitación hasta la adecuación a las normas, para que tu primera importación salga bien.
El valor depende de la modalidad del Radar (Exprés, Limitado o Ilimitado) y puede haber una tarifa de mantenimiento. Como estos valores cambian, lo mejor es confirmar el precio vigente directamente con nuestro equipo. Este también explica lo que está incluido en cada opción. El pago suele dividirse: una parte al momento de la contratación y el resto en la entrega. Habla con la TF Assessor. Te pasamos el presupuesto correcto para tu caso, sin sorpresas.
El camino es así. Primero, la empresa debe estar abierta y regular, con el CNPJ activo. Después reunimos los documentos: contrato social, datos de los socios y comprobación de capacidad financiera. Con eso, enviamos la solicitud en el Portal Único Siscomex. La Receita Federal analiza y libera el acceso. Por último, registramos a quien va a operar el sistema en tu nombre. La TF Assessor conduce cada etapa: arma el proceso, lo protocoliza y le da seguimiento hasta la liberación. Así evitas errores que atrasan o rechazan la solicitud.
El Radar tiene modalidades vinculadas al valor que mueves. Las actuales son: Exprés, Limitado e Ilimitado. En resumen: cuanto mayor sea el valor movido en las compras del exterior, mayor será la modalidad que necesitas. Quien está empezando o mueve poco suele entrar en el Exprés o en el Limitado. Las empresas con gran volumen van al Ilimitado. Los valores de cada rango y las reglas de la Receita Federal cambian con el tiempo. Por eso, vale la pena confirmar el límite vigente con la contadora de la TF Assessor. Analizamos tu caso y te habilitamos en la modalidad correcta.
El Radar es tu habilitación para actuar en el comercio exterior. Sin él, tu empresa no puede registrar importaciones ni exportaciones en el Siscomex. El Siscomex es el sistema oficial de la Receita Federal. En la práctica, el Radar habilita a la empresa y a sus responsables a mover mercancía con el exterior. Es el primer paso, antes de cualquier compra o venta afuera. La TF Assessor se encarga de toda la habilitación de tu Radar, desde la solicitud hasta la liberación. Así empiezas a operar sin dolores de cabeza.
Sí, el control sigue siendo tuyo. Este punto asusta a mucha gente, pero no es necesario. Al armar la holding, los padres suelen conservar el poder de decidir sobre la empresa, aunque traspasen las cuotas a los hijos. Se pueden establecer reglas que garantizan que tú mandas mientras quieras. Los hijos solo reciben el control total cuando tú lo definas. Así, proteges el patrimonio sin perder el mando. La TF Assessor redacta el contrato de la manera que te deja seguro y al mando.
El tiempo varía según la cantidad de bienes y la situación de cada uno. En general, toma algunas semanas dejar todo listo. Necesitas reunir los documentos personales, las escrituras de los inmuebles y la información de las empresas que ya tienes. Con eso, armamos el contrato de la holding y transferimos los bienes a ella. Los plazos y costos de la notaría cambian de ciudad en ciudad. Confirma los valores vigentes con el equipo de la TF Assessor. Nosotros nos encargamos de todo el papeleo y acompañamos cada etapa contigo.
Muchas veces sí. Cuando el inmueble está a tu nombre, el alquiler entra en tu declaración y puede caer en el tramo más alto del Impuesto a la Renta. En la holding, ese mismo alquiler suele tributar por las reglas de la empresa, que pueden salir más baratas. El ahorro depende del valor de los alquileres y del régimen elegido. Las reglas están cambiando con la reforma tributaria, así que no se puede fijar un número aquí. Confirma el valor vigente con la contadora de TF Assessor, que hace el cálculo correcto para tu caso.
Son tres grandes ventajas. Primera: protección. Tus bienes quedan más seguros frente a deudas y demandas. Segunda: sucesión más fácil. Organizas la herencia en vida y evitas el inventario demorado. Tercera: ahorro de impuestos. En muchos casos, la holding paga menos impuesto sobre alquileres y sobre el traspaso de los bienes. Además ganas organización, con todo reunido y más fácil de administrar. Cada caso es diferente, así que los números varían. TF Assessor hace las cuentas de tu caso y te muestra cuánto puedes ganar.
Vale la pena para quien tiene inmuebles, empresas o un patrimonio que quiere proteger y organizar. Es muy común en familias con varios bienes, dueños de empresas y quienes tienen hijos y piensan en la herencia. También sirve para quien recibe alquiler de inmuebles. No existe un valor mínimo fijo. Lo que importa es el objetivo. Si quieres seguridad, planificar la sucesión o ahorrar impuestos, tiene sentido estudiarlo. TF Assessor analiza tu caso y te dice si la holding es el mejor camino para ti.
Sí, es uno de los mayores beneficios. Sin holding, cuando alguien fallece, la familia enfrenta el inventario. Ese es un proceso lento y caro para dividir los bienes. Con la holding, ya organizas todo en vida. Los padres transfieren las cuotas de la empresa a los hijos, pero siguen al mando mientras quieran. Cuando falten, el traspaso ya está listo. Esto evita peleas, demoras y grandes gastos. TF Assessor se encarga de toda esa organización con la familia, paso a paso.
Cuando los bienes están a tu nombre, pueden responder por deudas tuyas o de tu empresa. En la holding, los inmuebles pasan al nombre de la empresa. Esto crea una separación entre tú y el patrimonio. Así, es más difícil que un acreedor alcance esos bienes. Pero no es un escudo mágico. El fraude o la mala fe no valen. Hecha de la forma correcta y en el momento correcto, la holding brinda mucha más protección. TF Assessor evalúa tu caso y arma la estructura más segura para ti.
Una holding familiar es una empresa creada para reunir los bienes de la familia en un solo lugar. En vez de estar a nombre de las personas, los inmuebles y negocios quedan a nombre de esa empresa. Sirve para tres cosas. Proteger el patrimonio. Organizar la sucesión, que es el traspaso de los bienes a los herederos. Y, muchas veces, pagar menos impuestos. TF Assessor arma la holding a tu medida, según el tamaño y el objetivo de tu familia. Es una herramienta legal y muy usada por quienes quieren seguridad.
Sí. Puede registrar quien tiene una actividad ligada al producto o servicio de la marca. Esto incluye empresas, MEI (microemprendedor individual) e incluso personas físicas que trabajan en el área. Debes mostrar que operas o vas a operar en ese rubro. El registro queda a nombre de quien lo pidió. Por eso conviene elegir bien al titular. Una vez aprobado, solo el titular puede usar la marca. TF Assessor orienta sobre quién debe ser el dueño del registro. También organiza los documentos por ti.
Sí, y es muy importante. Antes de pedir el registro, hacemos una búsqueda en el INPI (Instituto Nacional de la Propiedad Industrial). Esa búsqueda muestra si ya existe una marca igual o parecida en tu área. Si ya existe, tu solicitud puede ser negada. Ahí pierdes tiempo y dinero. La búsqueda evita ese dolor de cabeza y muestra si el camino está libre. También ayuda a ajustar el nombre, si es necesario. TF Assessor hace esa búsqueda antes de todo, para que tu solicitud tenga más chances de aprobación.
La clase es el ramo de actividad en el que tu marca queda protegida. Cada tipo de producto o servicio tiene una clase. Por ejemplo: la ropa está en una clase y la comida en otra. Registras la marca en la clase de tu negocio. Si eliges la clase equivocada, la protección puede no valer. A veces conviene registrar en más de una clase. Esto ocurre cuando actúas en áreas diferentes. TF Assessor ayuda a elegir la clase correcta para tu caso.
La protección de la marca dura un período definido por ley. Después de ese plazo, puedes renovarla. Mientras esté vigente, solo tú usas la marca en tu ramo. Cerca del final, hay que solicitar la renovación. Si olvidas renovar, la marca puede quedar libre para otros. El plazo exacto y la fecha de renovación siguen la ley vigente. Confirma el plazo actual con la contadora de TF Assessor. Ella también te avisa y se encarga de la renovación por ti.
No. Son cosas diferentes. Registrar la empresa en la Junta Comercial (registro mercantil) da el CNPJ y el derecho a funcionar. Pero eso no protege tu marca. La marca es el nombre o símbolo que el cliente ve y reconoce. Solo queda protegida con el registro en el INPI. Puedes tener la empresa abierta y aun así perder la marca. Otra persona puede registrarla antes que tú. Por eso los dos registros son importantes. TF Assessor te ayuda a hacer ambos con seguridad.
El registro de marca en Brasil se hace en el INPI. INPI es el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial. Es el organismo del gobierno responsable de esto. Allí garantizas el uso exclusivo de tu nombre, logo o símbolo. El proceso es totalmente en línea y tiene varias etapas: búsqueda, solicitud, análisis y seguimiento. Mucha gente pierde la solicitud por errores al completarla. Equivocarse de categoría también tumba la solicitud. TF Assessor hace la solicitud y acompaña todo hasta que la marca salga aprobada.
El registro te da el uso exclusivo de la marca en todo Brasil. Sin registro, otra persona puede usar el mismo nombre. Incluso puede registrarlo antes que tú. Ahí corres el riesgo de verte obligado a cambiar de marca. Y pierdes la identidad que ya construiste. Con el registro, proteges tu nombre y tu reputación. También puedes impedir copias. La marca se convierte en un bien de la empresa. Puedes venderla, licenciarla o usarla como garantía. TF Assessor se encarga de todo el proceso por ti.
Perder un plazo suele generar multa e intereses para la empresa. Cuanto más tiempo pasa, mayor es el valor a pagar. En algunos casos, la empresa incluso puede quedar con pendencias ante la Receita. Eso complica al momento de sacar certificados y cerrar negocios. Por eso el control de plazos es tan importante. En TF Assessor, acompañamos cada fecha y te avisamos antes. Si algo ya se atrasó, también te ayudamos a regularizar y reducir el daño.
En general, envías las facturas de venta y de compra del mes. También pedimos los extractos bancarios de la empresa. Si tienes empleados, necesitamos su información, como faltas y horas extras. Es bueno guardar también los comprobantes de gastos del negocio. Cada empresa puede tener algún detalle adicional, según la actividad. En TF Assessor, te pasamos una lista simple y organizamos la recolección contigo. Así nada importante queda fuera.
Sí puedes, en cualquier momento, y es más simple de lo que parece. No quedas atado al contador anterior. Pedimos los documentos y los accesos de tu empresa. Luego hacemos la transferencia de la contabilidad a TF Assessor. Nos encargamos del papeleo con el contador anterior para que nada se pierda. Casi no sientes el proceso en el día a día. Habla con nuestro equipo y conducimos todo el cambio por ti, con cuidado.
Cuando contratas, entra en acción el departamento de personal. Es el área que se encarga de todo lo relacionado con el empleado. Registramos a la persona, elaboramos el contrato y calculamos el salario. Cada mes hacemos la nómina, con los descuentos y las cargas correctas. También nos ocupamos de las vacaciones, el aguinaldo (13.º salario) y la liquidación, si alguien se va. Y además calculamos los impuestos y el FGTS (fondo de garantía por tiempo de servicio) vinculados a la nómina. En TF Assessor, el equipo realiza este proceso de principio a fin, conforme a la ley.
Sí. Incluso sin facturación, la mayoría de las empresas debe declarar. Envías la información de que no hubo movimiento en ese mes. Esto se llama declaración sin movimiento. Si simplemente no la presentas, la Receita Federal (agencia tributaria de Brasil) puede aplicar una multa. Una empresa inactiva también tiene obligaciones con el gobierno. En TF Assessor nos encargamos de esas presentaciones por ti, con o sin facturación. Así tu empresa siempre está al día y sin riesgo de multa.
Las obligaciones accesorias son las declaraciones que la empresa envía al gobierno. Muestran lo que la empresa vendió, compró y pagó de impuestos. No son el impuesto en sí, sino los documentos que prueban todo. Algunos ejemplos son las declaraciones mensuales y la declaración anual. Si te atrasas o cometes un error, la empresa puede recibir una multa, aunque pagues los impuestos. En TF Assessor controlamos esos envíos y cumplimos cada plazo por ti.
La mensualidad depende del tamaño y del tipo de empresa. En TF Assessor, los planes comienzan en R$ 289 por mes, para MEI (microemprendedor individual) con empleado. Para empresas en el régimen Lucro Presumido (renta presunta), llegan hasta cerca de R$ 899 por mes. Para Lucro Real (renta real), el valor es a consultar. El precio final depende del número de empleados y del volumen de facturas. Hacemos una simulación gratuita y te damos el valor exacto para tu caso, sin letra pequeña.
La contabilidad se encarga de la vida financiera y legal de tu empresa cada mes. Calcula los impuestos, organiza las facturas y elabora los informes contables. También se ocupa de las obligaciones con la Receita Federal y la municipalidad, para que no recibas multas. Si tienes empleados, hace la nómina también. En TF Assessor seguimos todo de cerca y te avisamos de cada plazo. Así te quedas tranquilo y te enfocas en tu negocio.
La renovación es parecida a la primera emisión y también puede ser 100% en línea. Agendas, confirmas tus datos por videollamada y recibes el nuevo certificado. Lo ideal es renovar antes de que venza. Así no te quedas sin poder emitir facturas ni presentar declaraciones. Si ya venció, no te preocupes: se puede hacer uno nuevo con normalidad. TF Assessor se encarga de la renovación por ti. Y te avisa con anticipación cuando el plazo se acerque.
Sí, es posible. Los extranjeros con CPF (registro de persona física) y una empresa regular en Brasil pueden tener certificado digital. Es muy útil para firmar documentos y cumplir obligaciones incluso fuera del país. TF Assessor cuenta con un equipo que habla mandarín y atiende a extranjeros desde 2007. Organizamos tus documentos, te ayudamos con el CPF y el CNPJ (registro de persona jurídica) y emitimos el certificado en línea. Esto es válido incluso si estás fuera de Brasil.
Para el e-CNPJ necesitas el CNPJ de la empresa y el contrato social o documento de apertura. También pedimos el documento con foto y el CPF del responsable legal. Para el e-CPF, basta con tu documento con foto y el CPF. Todo se envía de forma digital. TF Assessor revisa tus documentos antes de la emisión. Así no hay errores en la videollamada y todo sale bien a la primera.
Depende del tipo. El certificado A1 suele tener una validez de 1 año. El A3 puede valer de 1 a 3 años, según la elección al momento de la compra. Cuando vence, es necesario renovarlo para no quedarse sin poder emitir notas ni cumplir plazos. Lo ideal es renovarlo antes del vencimiento. La TF Assessor te avisa cuando se acerca la fecha y se encarga de la renovación.
Sí. Hoy la emisión puede ser 100% en línea, por videollamada. No necesitas ir a un puesto físico. En el día acordado, un agente confirma tus datos por video. Él valida tus documentos ahí mismo. En pocos minutos el certificado queda listo. Es rápido, seguro y se hace desde cualquier lugar. La TF Assessor se encarga de todo el proceso contigo. Va desde el agendamiento hasta la instalación en tu computadora o celular.
Los dos tienen el mismo valor legal. Lo que cambia es la forma de guardarlo y la validez. El A1 queda en un archivo, en la computadora o en la nube, y suele valer 1 año. El A3 queda en una tarjeta o pen drive (token) y puede valer de 1 a 3 años. El A1 es práctico para empresas con contador. El A3 es bueno para quien quiere más control físico. La TF Assessor te ayuda a elegir el mejor para tu caso.
Son dos tipos de certificado. El e-CPF te representa a ti como persona física. Sirve para firmar documentos y acceder al Impuesto sobre la Renta, por ejemplo. El e-CNPJ representa a tu empresa. Sirve para emitir notas y cumplir con las obligaciones de la empresa. Muchos clientes necesitan los dos. La TF Assessor emite ambos 100% en línea. Y te orienta sobre cuál realmente necesitas.
El certificado digital es como una identidad tuya o de tu empresa en internet. Con él firmas documentos y accedes a los sistemas del gobierno con seguridad. No necesitas ir a la notaría. Emites notas fiscales, entregas declaraciones y accedes al portal de la Receita. Todo en línea y con validez jurídica. La TF Assessor emite tu certificado 100% en línea. También te ayuda a usarlo en el día a día.
Sí. La TF Assessor opera en Brasil y en China desde 2007. El equipo habla mandarín y te atiende en tu idioma. Esto facilita entender cada documento y cada etapa. Te ayudamos con CPF, CNPJ y apertura de empresa. Nos encargamos también de la visa de inversionista, legalización y poder notarial. No te quedas perdido con términos difíciles ni con el papeleo. Explicamos todo de forma simple y nos encargamos de la burocracia. Así, inviertes y vives en Brasil con seguridad, y con quien habla tu idioma.
Puede valer, pero necesita algunos pasos. Un poder notarial hecho fuera no entra directamente en Brasil. Primero, suele pasar por un consulado o por un sello internacional. Ese sello confirma que el documento es verdadero. Después, necesita ser traducido por un traductor oficial. Por último, se registra en una notaría aquí. Solo así tiene fuerza para su uso en empresas y bancos. La TF Assessor revisa tu poder notarial y te indica qué falta. El equipo organiza la traducción y el registro.
La legalización es el proceso que regulariza tu situación en el país. Te permite vivir, trabajar y tener documentos aquí. El camino depende de tu caso: trabajo, familia, estudio o inversión. En general, es necesario reunir documentos personales. También compruebas el motivo de la permanencia. La solicitud se hace ante los órganos de inmigración. Cada situación tiene reglas y plazos propios. La TF Assessor analiza tu caso e indica la mejor vía. El equipo se encarga del proceso de principio a fin, y habla mandarín.
El CNPJ (registro de la empresa) es el registro de la empresa, no de la persona. El extranjero no obtiene CNPJ para sí mismo. Lo obtiene para el negocio que va a abrir. Para eso, primero necesita CPF. Después, la empresa se registra con los datos de los socios y la actividad que va a ejercer. Si el socio vive fuera, entra también el poder (procuración) y el representante en Brasil. Con todo listo, se emite el CNPJ. TF Assessor hace la apertura completa. La empresa queda apta para funcionar y emitir facturas.
No necesitas venir a Brasil para cada firma. Basta con nombrar un apoderado. El poder es un documento que otorga facultades a alguien para actuar en tu nombre. Con él, esa persona firma papeles y resuelve pendientes de la empresa por ti. El poder hecho fuera del país suele pasar por consulado o por reconocimiento internacional. Después, se traduce y se registra en Brasil. TF Assessor prepara el poder. El equipo indica qué hacer y acompaña el registro aquí.
La visa de inversionista es para el extranjero que trae dinero para invertir en una empresa en Brasil. Con esa visa, puede vivir aquí de forma legal. En general, hay que comprobar el monto invertido. También se presenta un plan para el negocio. El gobierno analiza la solicitud y el impacto de la inversión, como generar empleos. Existe un monto mínimo de inversión, y puede cambiar con el tiempo. Confirma el monto vigente con la contadora de TF Assessor. El equipo conduce todo el proceso por ti.
Sí, el extranjero puede ser socio de una empresa en Brasil. Puede vivir aquí o en el exterior. El primer paso es tener CPF. Todo socio necesita CPF. Si el socio vive fuera, nombra un apoderado en Brasil. Ese apoderado es la persona que lo representa en los actos de la empresa. En algunos casos, también se necesita un representante legal para recibir avisos oficiales. TF Assessor arma la empresa y se encarga del papeleo. El equipo orienta al socio extranjero en cada etapa.
Sí. El extranjero puede tener CPF aunque viva fuera de Brasil. El CPF es el registro de la persona física en el país. Se exige para abrir cuenta, comprar inmueble, ser socio de empresa o invertir aquí. Puedes hacer la solicitud desde fuera del país. Para eso, usas el pasaporte y algunos datos personales. Muchas veces el proceso pasa por un consulado. En otros casos, un representante en Brasil lo resuelve por ti. TF Assessor se encarga de todo a distancia. El equipo además explica cada documento necesario.
No. El cambio de régimen sigue un calendario definido por ley. En general, la opción rige a partir del comienzo del año. Existe un plazo determinado, normalmente en los primeros días o en el mes de enero. Fuera de esa ventana, la empresa suele seguir en el régimen actual. Como los plazos pueden cambiar, confirma la fecha límite de este año con la contadora de TF Assessor.
La diferencia está en cómo se calcula el impuesto. En el Lucro Presumido (utilidad presumida), el gobierno estima tu ganancia mediante un porcentaje fijo de la facturación. Es más simple. En el Lucro Real (utilidad real), el impuesto recae sobre la ganancia real, tras sumar ingresos y descontar gastos. El Real suele valer la pena para quien tiene margen bajo o muchos costos. TF Assessor analiza tus números y te dice cuál de los dos pesa menos.
En la mayoría de los casos, sí. Cuando el dueño trabaja en la empresa, la ley suele exigir un pro-labore (retiro por el trabajo del socio). Ese pro-labore genera contribución al INSS. No se puede quedar solo con la utilidad para evitar el impuesto. Lo correcto es definir un pro-labore adecuado y distribuir el resto como utilidad. Las reglas y valores de referencia pueden variar, así que confirma lo que aplica a tu caso con la contadora de TF Assessor.
Puede ser una buena idea. A medida que la facturación sube, los tramos del Simples Nacional se vuelven más pesados. En ciertos casos, el Lucro Presumido (régimen de ganancia presumida) o el Lucro Real (régimen de ganancia real) resultan más baratos. Esto depende de tu margen de ganancia y de los gastos. No se puede decidir al azar. Los tramos y límites cambian, así que confirma los valores actuales con la contadora de TF Assessor, que compara los regímenes.
No siempre. Hasta 2025 la utilidad distribuida a los socios estaba, por regla general, exenta del impuesto a la renta. A partir de 2026 una nueva ley pasó a gravar parte de esas distribuciones mayores. La exención aún depende de tener la contabilidad al día y del monto retirado. Como las reglas cambiaron, confirma lo que aplica a tu caso con la contadora de TF Assessor antes de retirar.
Ambas formas existen y sirven para cosas diferentes. El pro-labore (remuneración del dueño) sufre descuento de INSS (seguridad social) e impuesto a la renta. La distribución de utilidades tiene reglas propias de tributación, que cambiaron en 2026. Por eso el equilibrio entre las dos formas necesita un cálculo actualizado. Confirma la mejor distribución para tu caso con la contadora de TF Assessor.
Esto se llama planificación tributaria. Es organizar la empresa para pagar solo lo necesario, dentro de la ley. Implica elegir el régimen correcto y usar beneficios permitidos. También implica separar bien el pro-labore y las utilidades. La factura falsa o la caja dos (dinero no declarado) son delito y quedan fuera. El ahorro viene de decisiones legales y bien hechas. El equipo de TF Assessor analiza tu caso y arma un plan seguro.
No existe un régimen mejor para todos. Depende de tu facturación, del tipo de servicio y de los gastos. El Simples Nacional junta varios impuestos en una sola guía. Suele ser bueno para empresas más pequeñas. El Lucro Presumido y el Lucro Real sirven mejor para otros casos. Solo un cálculo comparando los tres muestra cuál resulta más barato. TF Assessor hace esa cuenta e indica el régimen más económico para tu empresa.
Es simple y rápido. Te pones en contacto con nosotros y envías tus datos y documentos personales. Verificamos si tu actividad está permitida en el MEI. Después, hacemos todo el registro y generamos tu CNPJ. El CNPJ es el registro de tu empresa. Luego, te explicamos cómo emitir la factura y pagar la guía mensual. Empiezas a trabajar formalizado, sin trámites complicados. Además, seguimos a tu lado en las obligaciones del día a día. Habla con nuestro equipo y empieza hoy.
Sí. Al pagar el DAS (guía mensual de impuestos del MEI) todos los meses, contribuyes al INSS. Esto garantiza el derecho a la jubilación por edad. También cubre subsidio por enfermedad, licencia por maternidad y pensión para la familia. Para recibirlos, es necesario cumplir el tiempo mínimo de carencia y las reglas del INSS. Mantener las guías al día es esencial para no perder esos derechos. TF Assessor ayuda a mantener todo en regla. Así, trabajas tranquilo y protegido.
Depende de cuánto lo hayas superado. Si te pasas hasta en un 20% (es decir, hasta R$ 97.200 al año), te mantienes en el MEI hasta fin de año. Al año siguiente, la empresa se convierte en Microempresa dentro del Simples. Pagas la diferencia de impuesto sobre lo que superaste. Si te pasas más del 20%, el retiro del régimen retrocede a enero de ese año, con recálculo de los impuestos. TF Assessor organiza toda la transición para que no tengas sustos.
Sales del MEI cuando superas el límite de R$ 81 mil por año. La facturación es el total que recibiste con el negocio. También sales si contratas a más de un empleado. Lo mismo ocurre si te vuelves socio de una empresa o realizas una actividad no permitida. En esos casos, la empresa pasa al Simples Nacional, con otras reglas. La TF Assessor te avisa cuando te acercas al tope y se encarga del cambio por ti.
El DAS-MEI es la guía única de impuestos del MEI. Pagas un valor fijo por mes, que no depende de cuánto facturaste. En 2026, ese valor queda entre R$ 82 y R$ 87, según tu actividad (comercio, servicio o ambos). Acompaña el salario mínimo y cambia cada año. En ese valor ya están incluidos los impuestos y tu contribución al INSS, que garantiza jubilación y otros derechos. Pagar a tiempo mantiene tu empresa regular. La TF Assessor emite la guía y te recuerda el vencimiento.
El MEI tiene pocas obligaciones, pero son importantes. Pagas una guía fija todos los meses, llamada DAS. Una vez al año, entregas la declaración anual. Es un resumen de lo que facturaste. Debes guardar las facturas de compra. Necesitas emitir factura en las ventas cuando sea exigido. También necesitas controlar cuánto ganaste en el año. Mantener todo al día evita multas y problemas. La TF Assessor se encarga de esas obligaciones por ti y te avisa cada plazo.
Puede ser MEI quien trabaja por cuenta propia. La actividad debe estar en la lista oficial permitida. No puedes ser socio ni dueño de otra empresa. Puedes tener como máximo un empleado. El límite de facturación es de R$ 81 mil por año, cerca de R$ 6.750 por mes. La facturación es cuánto recibes en total. La TF Assessor verifica si tu actividad encaja antes de abrir.
MEI significa Microempreendedor Individual (Microemprendedor Individual). Es la forma más simple de abrir una empresa para quien trabaja por cuenta propia. Sales de la informalidad y obtienes un CNPJ, que es el registro de la empresa. El límite de facturación es de R$ 81 mil por año, cerca de R$ 6.750 por mes. Pagas un valor fijo bajo por mes, con impuestos e INSS ya incluidos. Con el CNPJ, puedes emitir factura y tener derechos como la jubilación. La TF Assessor hace tu apertura y te orienta en cada paso.
La opción por el Simples se hace en el portal oficial. Puede ser justo después de abrir el CNPJ o al inicio del año. Es necesario estar sin deudas que impidan la adhesión. Existe un plazo determinado para solicitarlo, al comienzo del año. Ese plazo cambia cada año, así que confirma el plazo vigente con la contadora de la TF Assessor. Nosotros verificamos todo, regularizamos lo que sea necesario y hacemos la solicitud en el momento correcto.
El MEI es la versión más simple, para quien trabaja solo y factura hasta R$ 81 mil por año. Paga un valor fijo por mes. El Simples Nacional atiende a empresas más grandes, con facturación de hasta R$ 4,8 milhões por año. En él, el impuesto sale de un cálculo sobre la facturación. Cuando el MEI supera el límite, migra al Simples. La TF Assessor te muestra cuál formato es el mejor para tu momento.
No siempre. Suele ser bueno para facturaciones menores y negocios con pocos costos. En algunos casos, otro régimen puede salir más barato. Eso depende de tu margen de ganancia, del tipo de servicio y de la nómina de salarios. Solo un cálculo comparando los regímenes muestra la verdad. La TF Assessor hace ese estudio de planificación tributaria e indica el camino de mayor ahorro para ti.
El valor depende de tres cosas: tu actividad, el anexo aplicado y cuánto facturaste. Cuanto mayor sea la facturación, mayor tiende a ser la alícuota (porcentaje del impuesto). Los tramos y porcentajes cambian por ley de vez en cuando. Por eso, confirma los valores vigentes con la contadora de TF Assessor. Nosotros hacemos la simulación con tus números reales y te mostramos el costo antes de que decidas.
Los anexos son tablas que definen cuánto paga tu empresa de impuesto. Cada anexo cubre un tipo de actividad: comercio, industria o servicios. El anexo utilizado cambia la alícuota (porcentaje) que pagas. Algunas actividades de servicio dependen también del peso de la nómina de salarios. Elegir el anexo correcto hace diferencia en el bolsillo. TF Assessor encuadra tu empresa en el anexo correcto para pagar menos.
El DAS es la guía única de pago del Simples Nacional. En un solo cobro pagas varios impuestos juntos: federales, estatales y municipales. El valor sale de un cálculo sobre tu facturación del mes. El vencimiento es mensual. Esto simplifica mucho la rutina de la empresa. TF Assessor calcula, emite y organiza tu DAS todos los meses, sin dolores de cabeza.
Pueden optar micro y pequeñas empresas dentro del límite de R$ 4,8 milhões de facturación por año. La Microempresa (ME) va hasta R$ 360 mil por año. La Empresa de Pequeno Porte (EPP) va desde R$ 360 mil hasta R$ 4,8 milhões. Algunas actividades no entran, y hay reglas sobre los socios. TF Assessor verifica si tu empresa encaja y se encarga de la adhesión por ti.
El Simples Nacional es un régimen de impuestos para micro y pequeñas empresas. Reúne varios tributos en una única guía, llamada DAS. Así pagas todo de una vez, con menos burocracia. Las alícuotas suelen ser menores que en otros regímenes. Es la opción más común para quien está empezando. TF Assessor analiza tu caso y ayuda a tomar la decisión correcta.
Las deudas no regularizadas crecen con intereses y multa. La empresa queda con el CNPJ bloqueado y no emite notas. En ciertos casos, el cobro pasa al nombre de los socios. Esto puede ensuciar tu CPF y trabar el crédito en el banco. También puede convertirse en cobro en la Justicia. Por eso, lo mejor es actuar temprano. TF Assessor organiza todo, negocia y pone la empresa al día. Así evitas problemas mayores más adelante. Habla con nuestro equipo cuanto antes.
En algunos casos, sí. Cuando la Receita da de baja el CNPJ por falta de declaraciones, lo llamamos baja de oficio. Dependiendo de la situación, se puede revertir y reactivar la empresa. Para eso, hay que regularizar las pendencias que causaron la baja. No todos los casos permiten volver atrás. Por eso analizamos el tuyo con cuidado. TF Assessor verifica si la recuperación es posible y se encarga del proceso. Trae los datos del CNPJ y nuestro equipo evalúa el mejor camino.
La baja es el cierre oficial de la empresa. Retira el CNPJ de los registros y termina las obligaciones futuras. Hoy es posible dar de baja incluso con deudas abiertas. Pero atención: las deudas no desaparecen. Pueden pasar al nombre de los socios. Por eso es importante regularizar antes o ya planificar cómo pagar. TF Assessor hace la baja correcta y te orienta sobre las deudas. Así cierras la empresa tranquilo, sin sustos después. Habla con nuestro equipo para comenzar.
Depende de tu objetivo. Si quieres volver a trabajar con ella, se puede reactivar. Nosotros regularizamos las declaraciones atrasadas y ajustamos las deudas. Si ya no vas a usar la empresa, lo mejor es darla de baja. Así evitas nuevas multas y cobros. TF Assessor analiza los dos caminos. Te mostramos cuál resulta más económico para tu caso. Trae los datos de la empresa y nuestro equipo te indica la mejor decisión.
Sí, casi siempre es posible pagar en cuotas las deudas del CNPJ. El gobierno ofrece formas de dividir el monto en varias veces. Las condiciones, el número de cuotas y el valor mínimo cambian según el programa y el año. Por eso, confirma las reglas vigentes con la contadora de TF Assessor. Nosotros verificamos tus deudas y elegimos el mejor plan de pagos. Luego, hacemos la adhesión por ti. Así regularizas la empresa sin apretar la caja. Habla con nuestro equipo para simular las opciones.
Sí, en muchos casos se puede impugnar. A esto lo llamamos anulación de deuda fiscal. Corresponde cuando el cobro tiene un error de cálculo, un valor duplicado o un impuesto ya pagado. Nosotros analizamos el origen de la deuda, reunimos los documentos y presentamos la defensa ante los organismos. Si el cobro está equivocado, puede cancelarse o reducirse. No prometemos anular todo, pero verificamos cada caso con cuidado. TF Assessor hace este análisis por ti. Trae la notificación y nuestro equipo estudia la mejor salida.
CNPJ inapto significa que la empresa dejó de presentar declaraciones obligatorias durante varios años. La Receita Federal (agencia tributaria) bloquea el registro. Para reactivarlo, es necesario presentar las declaraciones que faltan. También hay que ajustar las pendencias. Después, el CNPJ vuelve a estar activo. TF Assessor se encarga de todo este proceso por ti. Nosotros identificamos lo que falta, regularizamos y reactivamos la empresa. Así vuelves a emitir facturas y trabajar normalmente. Habla con nuestro equipo para comenzar.
Cuando el MEI crece, puede convertirse en ME. Esto ocurre cuando la facturación supera los R$ 81 mil por año. También sucede cuando la actividad ya no cabe en el MEI. Este proceso se llama desenquadramento (cambio de categoría). En él, actualizamos el registro de la empresa y el régimen de impuestos. La empresa sigue siendo la misma, solo cambia de categoría. TF Assessor hace la transición y organiza los nuevos impuestos por ti.
Sí, para la mayoría de las empresas el contador es muy importante. Se encarga de la apertura, de los impuestos y de las obligaciones mensuales. El MEI es una excepción: puede funcionar sin contador fijo. Pero aun así vale la pena tener apoyo para no cometer errores. Una empresa al día evita multas y problemas con la Receita. TF Assessor hace la apertura y también se encarga de la contabilidad después. Así te enfocas en tu negocio. Y dejas la burocracia con nuestro equipo.
Sí, el extranjero puede abrir una empresa en Brasil. El primer paso es tener el CPF (número de identificación personal). Es tu número de registro personal aquí. También es necesario tener una situación legal en el país. Quien vive en el exterior necesita un representante brasileño. Después, el proceso es parecido al de cualquier empresa. Nuestro equipo habla mandarín y ya ayudó a muchos clientes de China. TF Assessor se encarga del CPF, del CNPJ y de la documentación. Así abres tu negocio con seguridad, incluso sin hablar portugués.
Primero, definimos el tipo de empresa y su actividad. Después, elegimos el nombre y la dirección. A continuación, armamos el contrato social. Este es el documento con las reglas de la empresa. Luego lo registramos en la Junta Comercial (registro mercantil). Sacamos el CNPJ en la Receita Federal. Por último, nos encargamos de las inscripciones en la municipalidad y del certificado digital. Así la empresa puede emitir factura. TF Assessor hace cada etapa por ti. Y te explicamos todo en lenguaje sencillo.
El plazo depende del tipo de empresa y del municipio. El MEI (microemprendedor individual) sale al instante, casi al mismo tiempo del registro. En cambio, una ME (microempresa) o Ltda tarda, en promedio, de 2 a 4 días hábiles. Esto incluye el CNPJ y las inscripciones estatal y municipal. En la ciudad de São Paulo, mediante el sistema Facilita SP, suele salir más rápido. Los documentos correctos evitan retrasos. La TF Assessor acompaña cada etapa y avisa cuando la empresa está lista.