⚠️ Reglas, valores y plazos pueden cambiar. Confirma lo vigente con el equipo de TF Assessor.
No. El cambio de régimen sigue un calendario definido por ley. En general, la opción rige a partir del comienzo del año. Existe un plazo determinado, normalmente en los primeros días o en el mes de enero. Fuera de esa ventana, la empresa suele seguir en el régimen actual. Como los plazos pueden cambiar, confirma la fecha límite de este año con la contadora de TF Assessor.
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